La diputada emecista plantea reformar la Ley Estatal de Salud para garantizar la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas y regular la objeción de conciencia.
La diputada Fedrha Isabel Suriano Corrales presentó una iniciativa para modificar la Ley Estatal de Salud con el objetivo de establecer un marco normativo que permita garantizar el acceso efectivo a los servicios de salud relacionados con la interrupción legal del embarazo y, al mismo tiempo, definir reglas precisas para el ejercicio de la objeción de conciencia del personal sanitario.
La propuesta contempla reformar los artículos 4 y 29, además de incorporar los artículos 29 Bis y 29 Ter a la legislación estatal.
El planteamiento busca definir atribuciones, reconocer la interrupción legal del embarazo como un servicio básico de salud y establecer mecanismos institucionales de organización y planeación.
Desde la iniciativa se argumenta que contar con reglas específicas permitiría evitar que vacíos normativos o prácticas discrecionales obstaculicen el ejercicio de los derechos reproductivos de las mujeres, además de fortalecer el derecho a la salud, la certeza jurídica y el funcionamiento del Sistema Estatal de Salud.
Interrupción legal hasta las 12 semanas
Uno de los cambios propuestos se concentra en el artículo 4 de la Ley Estatal de Salud.
Fedrha Suriano plantea incorporar de manera expresa la atención integral, universal y gratuita para la interrupción legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación como una atribución del Estado.
La intención, de acuerdo con la propuesta, es armonizar la legislación sanitaria local con el marco constitucional y penal vigente y reforzar la obligación de las autoridades de garantizar estos servicios.
La iniciativa también plantea modificar el artículo 29 para establecer expresamente que los servicios destinados a la prevención del embarazo y, cuando corresponda, a su interrupción legal hasta las 12 semanas, formen parte de los servicios básicos de salud.
Objeción de conciencia con reglas claras
El segundo eje de la propuesta está relacionado con el personal médico y sanitario que ejerza su derecho a la objeción de conciencia.
Mediante la incorporación del artículo 29 Bis, la diputada plantea establecer reglas específicas para regular este derecho cuando se trate de servicios de salud relacionados con la interrupción legal del embarazo.
El planteamiento establece que la objeción de conciencia no podrá utilizarse para menoscabar el derecho a la protección de la salud ni la libertad de las mujeres que decidan interrumpir su embarazo.
La propuesta busca que la disponibilidad, oportunidad y calidad de los servicios no resulten afectadas por el ejercicio de la objeción de conciencia.
En ese sentido, el proyecto coloca en el Estado la responsabilidad de organizar adecuadamente sus servicios y recursos humanos, con el propósito de hacer compatible el derecho del personal sanitario con el acceso de las mujeres a los servicios de salud.
Registro para personal objetor
La iniciativa contempla además un mecanismo administrativo para conocer cuántos profesionales de la salud manifiestan objeción de conciencia.
A través del nuevo artículo 29 Ter, se propone crear un registro del personal profesional de la salud que manifieste su decisión de no intervenir directamente en procedimientos de interrupción legal del embarazo.
El objetivo es facilitar una gestión eficiente de los recursos humanos y permitir que las instituciones sanitarias tengan personal suficiente para garantizar la prestación de los servicios de manera efectiva y oportuna.
El registro, según la propuesta, deberá funcionar respetando plenamente el derecho a la protección de datos personales.
Además, se plantea que su operación se rija bajo criterios de no discriminación, de manera que ni el personal objetor ni quienes no ejerzan la objeción de conciencia sean afectados o relegados laboralmente por ejercer este derecho.
Una propuesta que busca cerrar vacíos
El planteamiento de Fedrha Suriano pretende llevar a la legislación estatal reglas específicas sobre un tema que involucra dos derechos que la iniciativa busca hacer compatibles: la objeción de conciencia del personal de salud y el derecho humano de las mujeres a la protección de la salud.
La propuesta apuesta por que esa conciliación no quede únicamente en principios generales, sino que tenga reglas sobre atribuciones, prestación de servicios, organización institucional y administración del personal.
El eje central de la iniciativa es que el ejercicio de la objeción de conciencia no se convierta en un obstáculo para garantizar la atención, mientras que el personal sanitario pueda ejercer este derecho dentro de un esquema institucional regulado.