El Tribunal Electoral de Puebla amonesta a ambos políticos por irregularidades en las pasadas campañas. Chedraui, por coacción del voto, y Rivera, por propaganda en monumentos.
Puebla, Puebla a 20 de marzo de 2025
En una resolución histórica, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) impuso sanciones y amonestaciones públicas al alcalde de Puebla, José (Pepe) Chedraui, y al excandidato panista a la gubernatura, Eduardo (Lalo) Rivera Pérez, por violaciones a la legislación electoral durante sus campañas de 2024.
En sesión celebrada el 20 de marzo de 2025, los magistrados del tribunal acreditaron que tanto Chedraui como Rivera Pérez incurrieron en conductas irregulares que contravienen las normativas que rigen el proceso electoral.
Chedraui, Responsabilizado de Coacción del Voto
El alcalde capitalino, Pepe Chedraui, fue señalado por coacción del voto. La acusación se refiere a un evento realizado el 4 de mayo de 2024, en la colonia Nuevo Plan de Ayala, en el que Chedraui llevó a cabo una faena que los magistrados consideraron una acción de presión para influir en los votantes a favor de su candidatura. Este comportamiento violó las reglas de equidad en la contienda electoral.
El Tribunal Electoral también impuso una amonestación al partido Morena, señalando que, como organización política, tenía la responsabilidad de garantizar que sus candidatos y militantes respetaran las leyes durante el proceso electoral. La sanción subraya la importancia de un comportamiento ético y conforme a la ley dentro de las campañas políticas.
Lalo Rivera, Sancionado por Propaganda Ilegal
Por otro lado, Eduardo Rivera Pérez, excandidato del PAN a la gubernatura de Puebla, fue sancionado por la colocación de propaganda electoral en monumentos, un acto prohibido por la legislación vigente. La publicidad, que llevaba los colores del PAN y contenía un mensaje directo llamando al voto, fue colocada en pleno Centro Histórico de Puebla, una zona especialmente protegida para evitar la instalación de propaganda electoral en lugares emblemáticos.
El TEEP resolvió que esta acción violaba las disposiciones legales que prohíben este tipo de propaganda en áreas donde hay monumentos históricos. Como consecuencia, se le impuso una amonestación pública a Lalo Rivera y a la coalición PAN-PRI-PRD-PSI que lo postuló.
Un Llamado a la Legalidad en las Campañas
Ambos casos, resueltos bajo el expediente TEEP-AE-52/2025, reflejan un claro mensaje del Tribunal Electoral en cuanto a la importancia de la legalidad y la transparencia en los procesos electorales. Las amonestaciones buscan reforzar la integridad de las campañas políticas y garantizar que todos los actores respeten las normativas para una competencia justa.
La decisión subraya la importancia de que los candidatos y los partidos políticos sigan las reglas establecidas para asegurar que las elecciones se realicen en condiciones de igualdad y sin manipulaciones que puedan alterar la voluntad del electorado.
Hasta el momento, ni Pepe Chedraui ni Lalo Rivera han emitido comentarios oficiales sobre las sanciones, pero el proceso sigue siendo un tema relevante en el ámbito político local. La amonestación pública es un recordatorio de que los actores políticos deben acatar las leyes electorales para mantener la confianza de la ciudadanía.
La resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla pone de manifiesto el compromiso de las autoridades electorales en velar por la equidad y la legalidad en los procesos electorales de la entidad.