Dan nuevo revés al ‘decreto Nahle’

Por: Admin

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Un juez federal otorgó suspensiones definitivas contra el decreto promulgado el mes pasado por la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, y que pretende privilegiar los despachos de Pemex y la CFE en materia de gas natural

 

¿Qué pasó?

Un total de 10 empresas recibieron la suspensión definitiva contra el decreto promulgado el mes pasado por la titular de la Secretaría de Energía (Sener), Rocío Nahle, y que pretende privilegiar los despachos de Pemex y la CFE, en materia de gas natural.

¿Por qué importa?

  • La política energética del gobierno de Andrés Manuel López fue diseñada para beneficiar a empresas del estado como la CFE o Pemex. Sin embargo, el poder judicial se ha encargado de frenar su avance en varias ocasiones.
  • Como ejemplo está el caso de Iberdrola, que la semana pasada recibió un amparo para impugnar una multa de 9 mil millones de pesos, una situación de la que hoy se quejó el presidente, a tal grado que dijo se hará “una investigación a fondo”.
  • La nueva estrategia propuesta por la Sener ordena que los distribuidores de gas natural en México únicamente podrán adquirir el hidrocarburo extraído o importado por las paraestatales Pemex y CFE, si desean usar los gasoductos mexicanos.

El contexto:

El pasado 6 de julio, los peticionarios se inconformaron contra la emisión y orden de ejecución del oficio SENER.100/195/2022, con fecha del 13 de junio de 2022, en el cual se establece “la estrategia de garantía de suministro para la optimización de capacidad en el Sistema de Transporte y Almacenamiento nacional Integrado de Gas Natural”.

Los detalles:

  • Este lunes, el juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones de la Ciudad de México echó por la borda la orden de la Sener de que las empresas privadas sólo podrían comprarle gas natural a Pemex y CFE.
  • “En efecto, este Juez de Distrito estima que existe la presunción de que el acto reclamado contraviene lo dispuesto en los artículos 16, 25 y 28 de la Constitución. Para verificar lo anterior, en principio, conviene tener presente que el 20 de diciembre de 2013, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de energía, por medio de la cual se modificaron, entre otros, los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución”, se lee en la resolución del juez federal.
  • Entre las empresas que recibieron el amparo se encuentran GDF Suez México Comercializadora; Consorcio Mexi-Gas; Tractebel Digaqro; Tractebel DGJ; Tractebel GNP; Natgasmex; Tamauligas; Engie San Miguel de Allende; Energía Natural Peninsular y a GE Gaseco Gnv Región Golgo.
  • “De no concederse (el amparo), se podría afectar irreversiblemente el desarrollo de las actividades reguladas en el sector hidrocarburos, específicamente, en materia de gas natural…
  • “Alterando el esquema de suministro y transporte de gas natural, poniendo en riesgo la seguridad energética y confiabilidad del sistema, lo cual afectaría no solo a los permisionarios, sino a los consumidores finales”, añadió el Juzgado Segundo de Distrito, a cargo del juez Juan Pablo Gómez Fierro.
  • Cabe destacar que las suspensiones otorgadas por Gómez Fierro únicamente benefician a las 10 empresas amparadas, por lo cual dichos efectos generales no afectarán a todo el sector energético del país.

 

 

POR REDACCIÓN MAGENTA