Desaparecer poderes estatales: Una medida antidemocrática en debate

¿Es una herramienta necesaria o una amenaza a la democracia?
Rafael Estrada y Damián Zepeda. Moviendo Ideas.

Por: Jacobi Angélica Barraza Morales

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En el corazón del Senado de México, se gesta un debate que resuena con ecos del pasado: la posibilidad de desaparecer los poderes en tres estados. Este proceso ha sido iniciado primero por la oposición para Guerrero, seguido por Morena en Guanajuato, y recientemente solicitado por senadoras del PRI para Campeche.

La última vez que se intentó desaparecer los poderes en un estado fue en 2014, después de la desaparición de los 43 normalistas. Sin embargo, en aquella ocasión, el recién electo gobernador Ángel Aguirre Rivero optó por retirarse del cargo, y la solicitud no siguió adelante.

En esta ocasión, Guerrero vuelve a estar en el centro de las discusiones, con propuestas para destituir sus tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial). Sin embargo, varios senadores han expresado dudas sobre la viabilidad y conveniencia de esta medida, marcándola como una “herramienta política” que podría perjudicar a la oposición, que carece de la mayoría simple necesaria para su aprobación.

El senador del PAN, Damián Zepeda, explicó que esta medida es un vestigio del antiguo presidencialismo y de “gobiernos autoritarios que, básicamente, querían tener a los gobernadores a su merced”, con la amenaza constante de ser destituidos si se volvían “incómodos”.

Zepeda agregó que, a pesar de ser una herramienta “sencilla de ejecutar”, desaparecer los poderes de un estado “implicaría asumir que en realidad ninguno de los tres poderes existe”, una premisa que, en el contexto actual mexicano, no se ajusta a la realidad. “La situación actual no significa que no existan poderes en Guerrero”, enfatizó.

El 13 de marzo pasado, el PAN solicitó iniciar el proceso de desaparición de poderes en Guerrero, gobernado por Morena (Evelyn Salgado), citando la violencia que azota la región, incluyendo homicidios de candidatos y las protestas de Ayotzinapa que resultaron en el asesinato de un estudiante presuntamente a manos de un policía estatal. En respuesta, Morena pidió proceder de la misma manera en Guanajuato, estado gobernado por el PAN (Diego Sinhue Rodríguez) y conocido por sus altos índices delictivos.

Por otro lado, senadoras del PRI solicitaron lo mismo para Campeche, donde gobierna Morena con Layda Sansores, argumentando malos tratos a policías y ciudadanos, así como la falta de medidas de seguridad en un motín carcelario.

MALA REGULACIÓN EN LA DESAPARICIÓN DE PODERES

El senador Zepeda señaló que la ley permite que, si la oposición intenta intervenir en un estado gobernado por el partido en el poder, se pueda responder solicitando la desaparición de un estado gobernado por la oposición: “Si tú me la pides en un estado, yo te contesto pidiéndolo en otro”.

Sin embargo, para Zepeda, esta propuesta no avanzará y cada estado mantendrá su gobierno actual, debido a las posibles represalias que el partido en el poder pueda tomar sobre los estados de la oposición.

En contraposición, Rafael Estrada Michel, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM y miembro del Sistema Nacional de Investigadores (SNI), comentó que aceptar que todos los poderes de un estado desaparezcan, como lo exige la Constitución, “no es una tarea fácil y mucho menos lo es su renombramiento”.

Estrada Michel considera esta medida “intervencionista e invasora”, malinterpretada históricamente como un recurso para reemplazar gobernadores incómodos para el Gobierno Federal en lugar de resolver situaciones de emergencia.

“No se ha utilizado para mantener el orden constitucional en los estados, sino para intervenir en su desarrollo, que debería ser plenamente autónomo. Ha sido una cuestión de separar poderes cuando resultan incómodos a la Federación”, comentó.

El experto advirtió que esta medida no solo puede ser antidemocrática en estados donde no han desaparecido los tres poderes, sino que también podría generar confusión en el proceso electoral y entre la población.

LO QUE DICE LA CONSTITUCIÓN

El Artículo 76 de la Constitución establece que una de las facultades exclusivas del Senado es:

“V. Declarar, cuando hayan desaparecido todos los poderes constitucionales de una entidad federativa, que es llegado el caso de nombrarle un titular del poder ejecutivo provisional, quien convocará a elecciones conforme a las leyes constitucionales de la entidad federativa. El nombramiento del titular del poder ejecutivo local se hará por el Senado a propuesta en terna del Presidente de la República con aprobación de las dos terceras partes de los miembros presentes, y en los recesos, por la Comisión Permanente, conforme a las mismas reglas. El funcionario así nombrado, no podrá ser electo titular del poder ejecutivo en las elecciones que se verifiquen en virtud de la convocatoria que él expidiere. Esta disposición regirá siempre que las constituciones de las entidades federativas no prevean el caso”.

 

Vía Eme Equis