En febrero del año pasado una resolución de la Corte confirmó una multa por 543 millones de pesos que desde abril de 2019 se había impuesto a Odebrecht; sin embargo, las autoridades fiscales siguen sin poder cobrar la sanción con el argumento de que la empresa brasileña está “ilocalizable” en su domicilio en Lomas de Chapultepec.
Por: Raúl Olmos
Personal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) acudió al domicilio fiscal de Odebrecht en Lomas de Chapultepec para embargar bienes que amparen el pago de una multa por 543 millones de pesos, pero no pudo ejecutar el embargo porque la empresa ya desalojó las instalaciones ubicadas en el piso dos de un edificio en la calle Monte Elbruz.
Debido a que Odebrecht fue declarado como contribuyente “no localizado”, el SAT decidió requerirle el pago por estrados. En una notificación del pasado 30 de julio de 2024, el SAT detalló que el adeudo fiscal de la constructora es por concepto de una multa que determinó la unidad de responsabilidades de Pemex desde el 15 de abril de 2019.
La multa se estableció porque la filial Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México supuestamente presentó información falsa en un convenio modificatorio para ceder derechos y obligaciones en un contrato en la refinería de Tula.
Odebrecht impugnó legalmente la multa y tras cuatro años de litigios, en febrero de 2023 la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó la multa, y desechó el amparo interpuesto por la empresa.
Esa multa es distinta a otras dos sanciones por 1,088 millones de pesos que Odebrecht ya había logrado que se cancelaran en junio de 2022, como lo reveló MCCI.
El fallido embargo
En la notificación del 30 de julio se menciona que la orden de embargo contra Odebrecht se emitió “por no haber garantizado o pagado el crédito fiscal” derivado de la multa por 543 millones 488 mil pesos que le fue impuesta a la empresa desde el 15 de abril de 2019.
El mandamiento de ejecución se expidió el 9 de febrero de 2024 con la indicación de proceder “de inmediato al embargo de bienes suficientes para obtener el importe del crédito fiscal y sus accesorios a través del remate de los mismos”.
En el documento se advierte que si se negara el acceso al domicilio fiscal de Odebrecht a los verificadores, notificadores o ejecutores designados, se procedería a romper cerraduras y hacer uso de la policía o de otra fuerza pública.
Sin embargo, nada de eso fue necesario. Al día siguiente de que se emitió la orden de embargo, una empleada del SAT acudió al domicilio fiscal ubicado en el segundo piso de Monte Elbruz 124, en Lomas de Chapultepec, y encontró que la empresa ya no ocupaba esas instalaciones.
La ejecutora anotó en el oficio que el embargo no procedía, debido a que “el contribuyente Odebrecht Ingeniería y Construcción Internacional de México SA de CV se encuentra como no localizada en el domicilio señalado como fiscal”.
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