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¡Se les cayó la Ley de Ciberasedio!

Por: Editor Moviendo Ideas

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La 4T en el Congreso poblano pierde batalla legal por Ley de Ciberasedio

La polémica Ley de Ciberasedio en Puebla, impulsada por la mayoría legislativa de la llamada Cuarta Transformación, fue finalmente invalidada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), cerrando un capítulo que desde su aprobación en julio de 2025 generó críticas locales, nacionales e incluso internacionales por su posible uso como herramienta de censura.

La iniciativa fue presentada originalmente por José Luis García Parra, actual coordinador de gabinete del gobierno estatal encabezado por Alejandro Armenta Mier, y respaldada por legisladores de Morena junto con sus aliados PVEM, PT, Nueva Alianza y Más por México. La aprobación se dio bajo un proceso acelerado, lo que intensificó los cuestionamientos sobre la falta de discusión pública y análisis técnico.

El costo político recayó principalmente en Laura Artemisa García Chávez, quien en ese momento encabezaba la JUGOCOPO y fue la encargada de operar la aprobación de la reforma. La legisladora enfrentó críticas de medios, organizaciones civiles y líderes de opinión, al defender una normativa que fue señalada como ambigua, imprecisa y potencialmente violatoria de derechos fundamentales.

El contexto de la aprobación también influyó en la escalada del conflicto. La discusión se detonó en medio de la polémica generada por la cuenta conocida como “Aldea Poblana”, que publicó contenidos ofensivos en redes sociales. La reacción del oficialismo, lejos de contener el problema, amplificó el debate, al impulsar una legislación que muchos consideraron desproporcionada frente al hecho que la originó.

Tras diversos amparos promovidos por organizaciones como Artículo 19, la SCJN resolvió invalidar la norma, particularmente el artículo 480 del Código Penal del Estado. El argumento central fue que la ley vulneraba el principio de taxatividad, es decir, no definía con claridad las conductas sancionables, lo que abría la puerta a interpretaciones arbitrarias por parte de las autoridades.

Además, el máximo tribunal consideró que la norma violaba el principio de mínima intervención del derecho penal, al incluir un amplio catálogo de conductas que no necesariamente ameritan sanción penal. También advirtió que su redacción podía generar un efecto inhibidor en la libertad de expresión, al provocar autocensura entre usuarios de redes sociales por temor a ser perseguidos.

La votación en la SCJN reflejó divisiones internas: los ministros Hugo Aguilar Ortiz, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, Irving Espinoza Betanzo y Arístides Rodrigo Guerrero García votaron a favor de invalidar la norma, mientras que Lenia Batres Guadarrama, María Estela Ríos González y Sara Irene Herrerías Guerra se pronunciaron en contra.

Durante el debate, se subrayó que la eliminación del delito de ciberasedio no deja desprotegida a la ciudadanía, ya que el Código Penal estatal contempla otros delitos como ciberacoso, chantaje, espionaje y suplantación de identidad.